Términos y condiciones

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GENERAL

  1. Estos términos y condiciones generales del Grupo Greencells para la compra de bienes y servicios (“Términos y Condiciones“) se aplicarán a la adquisición de Bienes y Servicios por parte de una Compañía GC de Proveedores.
  2. Las disposiciones generales de la Parte A de los Términos y Condiciones se aplicarán a toda adquisición de bienes y servicios por parte de una Empresa de GC.
  3. Si la contratación se relaciona con la prestación de Servicios a una Compañía de GC, los términos y condiciones específicos de la Parte B se aplicarán junto con las disposiciones generales de la Parte A, a menos que se disponga específicamente lo contrario.
  4. Si la contratación se relaciona con la compra de Bienes por parte de una Compañía DE GC, los términos y condiciones específicos de la Parte C se aplicarán junto con las disposiciones generales de la Parte A, a menos que se disponga específicamente lo contrario.
  5. Si la contratación se relaciona con la prestación de Servicios a una Compañía de GC Y la compra de Bienes por parte del cuerdo, los términos y condiciones específicos de la Parte B y la Parte C se aplicarán respectivamente junto con las disposiciones generales de la Parte A, a menos que se disponga específicamente lo contrario.
  6. Si la contratación se refiere a la compra de módulos solares, se aplicarán los términos y condiciones específicos de la Parte D junto con las disposiciones generales de la Parte A y los términos y condiciones específicos de la Parte C, a menos que se disponga específicamente lo contrario.
  7. En caso de conflicto o inconsistencia entre los términos y condiciones de diferentes partes de estos Términos y Condiciones, el orden de prioridad es:
  8. términos y condiciones específicos de la Parte D (con respecto a la adquisición de módulos solares);
  9. términos y condiciones específicos de la Parte B y la Parte C (según sea el caso);
  10. disposiciones generales de la parte A.
  11. El Proveedor ha leído y entendido estos Términos y Condiciones y acepta que la aceptación por escrito del Proveedor o su desempeño en relación con una Orden de Compra constituirá la aceptación por parte del Proveedor de estos Términos y Condiciones.

PARTE A – DISPOSICIÓN GENERAL

  1. INTERPRETACIÓN

Las siguientes definiciones y reglas de interpretación se aplican en este acuerdo.

1.1 DEFINICIÓN

1.1.1 Aceptado: tendrá el significado que se le da en virtud de la cláusula 23 e inferior y la Aceptación se interpretará en consecuencia, pero no implicará la ausencia de un defecto o no conformidad de los Entregables. En el caso de que el Contrato se refiera a la prestación de Servicios (ver Parte B), “Aceptación” significará la aceptación por parte del Comprador de los Servicios a través de i) en el caso de proyectos de tiempo y materiales, la firma de un parte de horas, o (ii) en el caso de proyectos de precio fijo, el reconocimiento por parte del Comprador de que se ha alcanzado con éxito un hito de pago según lo establecido en el Contrato de Suministro correspondiente de conformidad con la cláusula 23; y “Aceptado” se interpretará en consecuencia.

1.1.2 Pruebas de aceptación: las pruebas que el Comprador puede realizar de vez en cuando en los Entregables para verificar que cumplen con las especificaciones pertinentes para facilitar la Aceptación.

1.1.3 Afiliados: significará en relación con cualquier Parte, cualquier persona que Controle o esté Controlada por esa Parte o que esté Controlada por cualquier persona que Controle esa Parte;

1.1.4 Control: la posesión, directa o indirectamente, del derecho o la facultad de dirigir o causar la dirección de las políticas de gestión de una persona, ya sea por contrato o mediante la propiedad de acciones o valores que tengan la mayoría de los votos normalmente ejercibles por los titulares de todas esas acciones o valores, o mediante la capacidad de nombrar a la mayoría de los directores u otros funcionarios rectores de una persona o mediante la propiedad de acciones u otros valores que tengan derecho a recibir la mayor parte de los ingresos de dicha persona (si todos sus ingresos se distribuyeran) o el derecho a recibir la mayor parte de los activos de dicha persona (si se distribuyeran todos sus activos netos) o de cualquier otra manera y “ Controlado ” se interpretará en consecuencia.

1.1.5 Ley aplicable: las leyes vigentes y todos los estatutos, leyes, reglamentos, ordenanzas, reglas, códigos, decretos, directivas y órdenes administrativas de una autoridad de cualquier nación, unión gubernamental, federación u otra asociación de naciones, ya sea que existan a partir de la Fecha de entrada en vigor o promulgadas durante la vigencia del Contrato de Suministro correspondiente, que sean o puedan ser obligatoriamente aplicables a las obligaciones de una Parte en virtud de estos Términos y Condiciones y / o el Contrato de Suministro, respectivamente.

1.1.6 Día hábil: un día que no sea sábado, domingo o día festivo cuando los bancos están abiertos para los negocios en el estado donde se encuentra el Proyecto o, cuando no hay ningún Proyecto relacionado, en Saarbrücken, Alemania.

1.1.7 Información confidencial: toda la información divulgada, ya sea por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio y ya sea directa o indirectamente, por el Comprador al Proveedor, ya sea antes o después de la fecha del Contrato de Suministro, incluidos, entre otros, todos los contratos, cualquier información relacionada con los productos, operaciones, procesos, planes o intenciones del Comprador, know-how, estado financiero o crediticio, derechos de diseño, secretos comerciales, oportunidades de mercado y asuntos comerciales o los de sus clientes u otros contactos.

1.1.8 Precio del Contrato: la cantidad determinada en el Contrato de Suministro que se pagará al Proveedor en contraprestación por el suministro de Bienes y/o Servicios por parte del Proveedor.

1.1.9 Defecto o Defecto: cualquier error, defecto u omisión en el Entregable o cualquier parte del mismo, incluido cualquier daño a los Bienes o la no conformidad de cualquiera de los Bienes o Servicios o cualquier parte de los mismos con cualquiera de las Garantías otorgadas en virtud de la cláusula 24 (con respecto a los Servicios) y 33 (con respecto a los Bienes).

1.1.10 Entregables: Los Bienes y/o Servicios que serán entregados por el Proveedor a la Compañía GC.

1.1.11 Calendario de entrega: un cronograma incluido en la Orden de compra para la entrega de Bienes y / o la prestación de servicios, o determinado de otra manera de acuerdo con la cláusula 5.1.

1.1.12 Documentación: las instrucciones, manuales, dibujos, etc. en relación con los Bienes entregados por el Proveedor, en forma impresa o electrónica.

1.1.13 Evento de fuerza mayor: cualquiera de los siguientes eventos:

(A) condiciones climáticas extremas, incluidos incendios, terremotos, inundaciones, tormentas, iluminación;

(B) guerra, terrorismo, disturbios, insurrección, vandalismo o sabotaje;

(C) huelga, cierre patronal, disturbios, disturbios civiles, embargo;

(D) ley, regla o regulación de cualquier gobierno u organismo gubernamental, ejecutivo, judicial o administrativo, incluidos los cambios a las Leyes y Reglamentos Aplicables que afecten materialmente la viabilidad del Proyecto; y

(E) cualquier otro evento similar,

disponer que dicho evento sea imprevisto por y fuera del control de la Parte afectada y se produzca sin culpa de negligencia de la Parte afectada.

1.1.14 GC Company/Buyer: una empresa del Grupo Greencells que solicita Bienes y/o Servicios al Proveedor (como se indica en la Orden de Compra).

1.1.15 Bienes: el equipo, componentes, bienes, materiales y piezas de repuesto que debe proporcionar el Proveedor en virtud del Contrato de Suministro; ya sea especificado en el Contrato de Suministro o requerido en la práctica para el suministro de Bienes y/o Servicios específicos.

1.1.16 Grupo Greencells: (i) Greencells Group Holdings Limited, ii) la sociedad de cartera de Greencells Group Holdings Limited, iii) una filial directa o indirecta de Greencells Group Holdings Limited, iv) una filial de la sociedad de cartera de Greencells Group Holdings Limited, (v) Greencells GmbH, o (vi) una filial directa o indirecta de Greencells GmbH.

1.1.17 Derechos de propiedad intelectual: patentes, modelos de utilidad, derechos de invención, derechos de autor y derechos conexos y derechos conexos y derechos conexos, derechos morales, marcas, nombres comerciales y nombres de dominio, y el derecho a demandar por falsificación o competencia desleal, derechos sobre diseños, derechos sobre programas informáticos, derechos sobre bases de datos, derechos de uso y protección de la confidencialidad de la información confidencial (incluidos los conocimientos técnicos y los secretos comerciales) y todos los demás derechos de propiedad intelectual, en cada caso, ya sea registrado o no registrado, e incluyendo todas las solicitudes y derechos a solicitar y ser concedidos, renovaciones o prórrogas y derechos a reclamar prioridad de dichos derechos y todos los derechos o formas de protección similares o equivalentes que subsistan o subsistan ahora o en el futuro en cualquier parte del mundo.

1.1.18 Personal: los empleados y/o subcontratistas o consultores del Proveedor y/o cualquier tercero contratado por el Proveedor y los empleados del Comprador en la ejecución del Contrato de Suministro.

1.1.19 Proyecto: un proyecto desarrollado o construido por una empresa del Grupo Greencells para cuyo propósito una Compañía GC está adquiriendo los Bienes y / o Servicios, ya sea que dicho propósito se mencione explícitamente en el Contrato de Suministro o esté implícito en la intención de las Partes.

1.1.20 Orden de compra: cualquier orden de compra de Bienes y/o Servicios emitida por una Empresa de GC al Proveedor.

1.1.21 Servicios: servicios que debe prestar el Proveedor como i) especificados en el contrato de suministro; (ii) explícita o implícitamente requeridos para la prestación de los servicios especificados en el Contrato de Suministro; o (iii) requerido para el suministro de Mercancías.

1.1.22 Sitio: el sitio donde se encuentra el Proyecto, de acuerdo con el diseño del sitio en los documentos del Proyecto.

1.1.23 Subsidiaria y Holding: Una compañía es una “subsidiaria” de otra compañía, su “compañía holding”, si esa otra compañía.

1.1.24 Tiempo de finalización: significa el tiempo para completar todos los trabajos que se establece en el Contrato de Suministro como necesario para que las Obras se consideren terminadas.

1.1.25 Obras: significa todo el trabajo que debe realizar el Proveedor en virtud de un Contrato de Suministro, incluida la provisión de Bienes y Servicios.

1.1.26 Proveedor: significará la contraparte o contraparte potencial de una Compañía de GC, desde la cual esa Compañía de GC suministra Bienes y / o Servicios.

1.1.27 Contrato de Suministro: cualquier contrato formado por la aceptación de una Orden de Compra por parte de una Compañía de GC o cualquier contrato firmado por una Compañía y Proveedor de GC para la compra de Bienes y / o Servicios.

1.2 Los encabezados de las cláusulas y los párrafos no afectarán la interpretación de este acuerdo.

1.3 A menos que se especifique lo contrario, la referencia a las cláusulas de cada parte es a las cláusulas de esa parte.

1.4 Una persona incluye una persona física, jurídica o no constituida en sociedad (tenga o no personalidad jurídica separada).

1.5 Estos Términos y Condiciones serán vinculantes y redundarán en beneficio de las Partes y sus respectivos representantes personales, sucesores y cesionarios permitidos, y las referencias a cualquier parte incluirán a los representantes personales, sucesores y cesionarios permitidos de esa parte.

  1. APLICABILIDAD

2.1 Estas Disposiciones Generales son aplicables a todas las relaciones legales de cualquiera de las Compañías de GC que actúen como Comprador potencial o real de Bienes y / o Servicios.

2.2 Ninguna variación de estas Condiciones Generales será efectiva a menos que se estipule expresamente y se acuerde por escrito.

  1. ÓRDENES DE COMPRA

3.1 GC Company emitirá una Orden de Compra de Bienes al Proveedor. La aceptación de una Orden de Compra por parte del Proveedor se limita expresamente a los términos de la Orden de Compra, a estos Términos y Condiciones, así como a un acuerdo marco de suministro existente, según sea el caso. A menos que las partes lo acuerden por escrito, los términos y condiciones adicionales o diferentes están expresamente excluidos y no formarán parte de ningún Contrato de Suministro. Cada Orden de Compra aceptada por el Proveedor de conformidad con la cláusula 3.2 constituirá un Contrato de Suministro separado e individual. En caso de discrepancia o inconsistencia entre un Contrato de Suministro y estos Términos y Condiciones, el Contrato de Suministro prevalecerá sobre estos Términos y Condiciones.

3.2 El Proveedor enviará una aceptación por escrito de la Orden de Compra dentro de los diez (10) Días Hábiles posteriores a la recepción por parte del Proveedor de dicha Orden de Compra. En cualquier caso, cualquier desempeño por parte del Proveedor en relación con una Orden de Compra constituirá la aceptación de dicha Orden de Compra. En el caso de que el Proveedor no envíe una aceptación por escrito o no comience a ejecutar en relación con una Orden de Compra dentro de los diez (10) Días Hábiles posteriores a la recepción de la Orden de Compra por parte del Proveedor, el Comprador tendrá derecho, pero no estará obligado, a revocar dicha Orden de Compra sin incurrir en ninguna responsabilidad ante el Proveedor.

3.3 Si el Comprador hace referencia en el Contrato de Suministro a requisitos técnicos, de seguridad, de calidad u otros tipos de requisitos, especificaciones y/o regulaciones que no están adjuntos al Contrato de Suministro, estos formarán parte del Contrato de Suministro y se asumirá que el Proveedor tiene conocimiento de ello, a menos que el Proveedor informe inmediatamente al Comprador de lo contrario por escrito. Cuando se haga dicha referencia, el Comprador proporcionará al Proveedor una copia de estos requisitos, especificaciones y/o regulaciones.

3.4 Los Entregables cumplirán con los planos, diseños, especificaciones y requisitos técnicos aplicables del Proyecto y se asumirá que el Proveedor es consciente de ello, a menos que el Proveedor informe inmediatamente al Comprador de lo contrario por escrito. Cuando se haga dicha referencia, el Comprador proporcionará al Proveedor una copia de estos requisitos, especificaciones y/o regulaciones.

  1. PRECIO Y PAGO

4.1 El pago de los Entregables se basará en el plazo de entrega especificado en cada Orden de Compra. Cuando no se especifique un plazo de entrega, los Entregables se entregarán al Comprador en DDP (Incoterms 2010) del Sitio, sin IVA.

4.2 En consideración al suministro de Entregables, el Comprador deberá pagar al Proveedor el Precio del Contrato. El Precio del Contrato será definitivo e incluirá todos los costos de acuerdo con el plazo de entrega.

4.3 El Comprador pagará todos los montos no disputados en virtud del Contrato de Suministro al Proveedor de acuerdo con el hito de pago establecido en el Contrato de Suministro y dentro de los 30 Días Hábiles posteriores a que se cumplan todas las condiciones a continuación (o, si el último día de dicho período de 30 días no cae en una fecha de ejecución de pago, la fecha del próximo pago del Comprador inmediatamente después de la expiración de dicho período de 30 días) y los documentos presentados:

4.3.1 El proveedor ha logrado todas las obras enumeradas en el hito de suministro correspondiente;

4.3.2 Las Obras y/o Bienes son aceptados por el Comprador de acuerdo con las cláusulas 23 y 34.

4.3.3 El Proveedor ha presentado una factura válida desde el punto de vista fiscal relacionado con el hito de pago correspondiente que incluirá los datos establecidos en la cláusula 4.5 y las cláusulas relevantes de las Partes B, C o D; y

4.3.4 Cualquier requisito o documento adicional mencionado en el Contrato de Suministro como condición para el pago.

4.4 Si el pago se retrasa, el Comprador no incurrirá en incumplimiento y no se aplicarán intereses hasta que haya recibido una notificación de incumplimiento del Proveedor en la que se le otorgue un período razonable para el cumplimiento de sus obligaciones de pago en virtud del Contrato.

4.5 Cada factura deberá i) llevar la fecha del último día del mes natural en el que se haya producido la aceptación del hito de suministro correspondiente; (ii) hacer referencia cruzada a la Orden de Compra/Contrato de Suministro a la que se refiere; iii) especificar el precio por unidad, iv) especificar el importe del IVA y el importe total adeudado, y (v) enviarse después de la aceptación del hito de suministro correspondiente. Cada factura deberá cumplir con los requisitos establecidos en el § 14 de la ley alemana del IVA (UStG). Si la factura no cumple con los requisitos establecidos en esta cláusula 4.5, el Comprador puede negarse a pagar la factura sin que se deban intereses legales u otros costos.

4.6 Los precios de los Entregables son fijos y no se puede realizar ningún aumento en el precio especificado en el Contrato de Suministro por ningún motivo sin el consentimiento previo por escrito del Comprador.

4.7 Ningún pago de, o a cuenta de, el precio constituirá ninguna admisión por parte del Comprador en cuanto al correcto cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro.

4.8 El Comprador tiene derecho a compensar los importes adeudados al Proveedor en virtud de cualquier Contrato con todos y cada uno de los importes adeudados por el Proveedor al Comprador y/o a cualquiera de las empresas del Grupo Greencells por cualquier motivo. El Proveedor no puede compensar ninguna cantidad adeudada al Comprador en virtud de ningún Contrato de Suministro con ninguna cantidad adeudada por el Comprador y / o cualquiera de las compañías del Grupo Greencells por ningún motivo.

4.9 En el caso de que el Proveedor no cumpla adecuadamente con sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro, todos los costos extrajudiciales, incluidos explícitamente los costos incurridos con respecto a la redacción y el envío de demandas de cumplimiento, la realización de negociaciones de liquidación y otros actos en preparación de posibles procedimientos legales, así como todos los costos judiciales en los que incurra el Comprador como resultado del incumplimiento del Proveedor, correrán a cargo del Proveedor.

  1. ENTREGA

5.1 El tiempo es esencial en virtud del Contrato de Suministro. El Proveedor entregará los Entregables de acuerdo con el Cronograma de Entrega y completará los Trabajos antes del Momento de Finalización. Cuando dichos horarios y fechas se indiquen como aproximados o no se especifiquen, el Comprador podrá, mediante notificación por escrito al Proveedor, especificar un Cronograma de Entrega y el Tiempo de Finalización, a los efectos de lo cual el tiempo será esencial.

5.2 Si el Proveedor es, o es probable que sea, incapaz de efectuar la entrega de los Bienes y / o realizar los Servicios en o antes de la fecha especificada, el Proveedor notificará de inmediato por escrito a un representante del Comprador debidamente autorizado de las circunstancias relevantes junto con una fecha en la que el Proveedor espera razonablemente poder ejecutar el Contrato de Suministro. Este aviso no exime al Proveedor de sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro y / o sus responsabilidades debido al incumplimiento resultante.

5.3 En caso de retraso en la entrega de los Bienes o en la prestación de los Servicios, el Vendedor estará obligado a pagar al Comprador daños por demora liquidados (los “Daños liquidados por retraso“) por el importe de:

(A) 1% del Precio del Contrato de Suministro por día de retraso, siempre que el monto total de los Daños Liquidados por Demora se limite al 20% del Precio del Contrato de Suministro (el “Límite LD“); o

(B) Una cantidad igual a los daños por demora que el Comprador u otra empresa del Grupo Greencells deberá pagar a su empleador debido a retrasos en el Proyecto causados por retrasos del Proveedor; el que sea mayor.

  1. VARIACIONES Y AJUSTES

6.1 DERECHO A VARIAR

6.1.1 Cualquier Variación razonable puede ser iniciada por el Comprador en cualquier momento durante la vigencia del Contrato de Suministro, mediante una solicitud por escrito para que el Proveedor presente una propuesta (Orden de Variación).

6.1.2 Sujeto a la cláusula 6.2 (Procedimiento de Variación), el Proveedor ejecutará y estará obligado por cada Variación, a menos que el Proveedor notifique de inmediato al Comprador indicando (con detalles de respaldo) que: (i) el Proveedor no puede obtener fácilmente los Bienes requeridos para la Variación y/o proporcionar la mano de obra requerida para la prestación de los Servicios; (ii) reducirá la seguridad o idoneidad de las Obras; (iii) tendrá un impacto adverso en el Proyecto; (iv) impedirá que el Proveedor cumpla con las obligaciones en virtud del Contrato de Suministro; (v) estaría prohibido por la Ley Aplicable; o vi) podría infringir un permiso, licencia o aprobación o requerir la obtención de permisos, licencias o aprobaciones adicionales. Al recibir este aviso, el Propietario cancelará, confirmará o variará la instrucción.

6.1.3 El Comprador acepta indemnizar al Proveedor por cualquier costo, gasto incurrido como resultado de cumplir con cualquier Variación bajo esta cláusula. El Comprador y el Proveedor acordarán una Tarifa Adicional.

6.2 PROCEDIMIENTO DE VARIACIÓN

6.2.1 Antes de que se emita cualquier Orden de Variación en virtud de la Cláusula 6.1, el Comprador notificará al Proveedor la naturaleza y la forma de la Variación propuesta. Dentro de los diez (10) días hábiles (o cualquier otro período que las Partes acuerden) después de haber recibido dicha notificación, el Proveedor responderá por escrito, ya sea dando razones por las que no puede cumplir (si este es el caso) o presentando:

(A) una descripción de las obras propuestas que se realizarán y/o los Bienes que se proporcionarán y un programa para su ejecución;

(B) la propuesta del Contratista para cualquier modificación necesaria al Cronograma de Entrega, el Cronograma de Trabajo y el Tiempo de Finalización; y

(C) la propuesta del Contratista para la Tarifa Adicional.

6.3 GASTOS REEMBOLSABLES

6.3.1 Todos los gastos reembolsables deben ser aprobados en todo momento por el Comprador por escrito y por adelantado y todos los gastos deben estar respaldados por recibos incluidos con cada factura.

  1. GARANTIZA

7.1 GARANTÍA DE RENDIMIENTO

7.1.1 Tras la ejecución del Contrato de Suministro y, en cualquier caso, antes de que se realice el primer pago al Proveedor, el Proveedor entregará al Comprador una garantía bancaria o una fianza de garantía de una compañía de seguros por un monto del 10% del Precio total del Contrato (o el precio estimado del contrato, cuando el Precio total del Contrato no esté predeterminado) a la primera demanda emitida por un banco o compañía de seguros de buena reputación que tenga una calificación no inferior. que A- (S&P o equivalente de Moody’s) en la forma y sustancia razonablemente aceptables por el Comprador.

7.1.2 La Garantía de Ejecución asegura y puede ser ejecutada por el Comprador en su totalidad o en parte en caso de incumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro.

7.1.3 El Proveedor se asegurará de que la Garantía de Rendimiento permanezca en pleno vigor hasta la emisión del Certificado de Aceptación Provisional.

7.2 GARANTÍA DE GARANTÍA

7.2.1 Como condición para la emisión del Certificado de Aceptación Provisional, el Proveedor entregará al Comprador una garantía bancaria o una fianza de garantía de una compañía de seguros por un monto del 10% del Precio total real del Contrato a primera demanda emitida por un banco o compañía de seguros de buena reputación que tenga una calificación no inferior a A- (S&P o equivalente de Moody’s) en la forma y sustancia razonablemente aceptables por el Comprador.

7.2.2 La Garantía de Cumplimiento asegura y puede ser ejecutada por el Comprador en su totalidad o en parte en caso de incumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro y el Período de Responsabilidad por Defectos.

7.2.3 el Proveedor se asegurará de que la Garantía de Garantía permanezca en pleno vigor hasta la emisión del Certificado de Aceptación Final.

  1. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

8.1 Cada Parte conservará la propiedad de todos los Derechos de Propiedad Intelectual de su propiedad a partir de la Fecha de entrada en vigor. El Comprador será propietario, y el Proveedor procurará que el Comprador será propietario, de todos los Derechos de Propiedad Intelectual creados posteriormente por el Proveedor en virtud del Contrato de Suministro que se relacionen con el objeto de, o surjan de, los Entregables.

8.2 Cualquier Derecho de Propiedad Intelectual desarrollado de conformidad con el Contrato de Suministro, que sea creado conjuntamente por las Partes de conformidad con el Contrato de Suministro o creado por el Proveedor como resultado directo del desempeño del Proveedor en relación con el Contrato de Suministro, será propiedad del Comprador y la cláusula 8.1 se aplicará al mismo, a menos que se acuerde lo contrario por escrito entre las Partes.

8.3 El Proveedor cede al Comprador, con plena garantía de título y libre de todos los derechos de terceros, los Derechos de Propiedad Intelectual y todos los demás derechos sobre los Bienes y/o sobre los productos y bienes utilizados en los Servicios.

8.4 A su propio costo, el Proveedor deberá, y hará todos los esfuerzos razonables para procurar que cualquier tercero necesario ejecute y entregue rápidamente dichos documentos y realice los actos que puedan ser necesarios con el fin de dar pleno efecto a este acuerdo, incluida la garantía para el Comprador de todos los derechos, títulos e intereses en y para los Derechos de Propiedad Intelectual y todos los demás derechos asignados al Comprador de acuerdo con la cláusula 8.3.

8.5 El Proveedor, a su cargo, indemnizará y eximirá de responsabilidad al Comprador y a otras empresas del Grupo Greencells de y contra todas y cada una de las reclamaciones de que los Entregables constituyen una infracción de los Derechos de Propiedad Intelectual u otros derechos de terceros. El Proveedor pagará todos los costos, honorarios (incluidos los costos de abogados) o daños incurridos por el Comprador o cualquier otra compañía del Grupo Greencells con respecto a cualquier reclamo o acuerdo de los mismos a los que el Proveedor consienta. Si se hace cualquier alegación de infracción de cualquier Derecho de Propiedad Intelectual con respecto a los Entregables, o en opinión del Proveedor es probable que se haga, entonces, además de los otros derechos y recursos del Comprador en virtud del Contrato, y sujeto siempre a la indemnización antes mencionada, el Proveedor deberá a su cargo, ya sea (i) procurar al Comprador el derecho a continuar utilizando dichos Entregables, (ii) modificar o reemplazar el artículo presuntamente infractor para evitar la presunta infracción.

  1. CONFIDENCIALIDAD Y NO ELUSIÓN

9.1 El Proveedor se compromete a no divulgar a ninguna persona en ningún momento durante el Contrato de Suministro, y durante un período de cinco años después de la terminación del mismo, ninguna persona ninguna Información Confidencial que haya sido revelada al Proveedor por el Comprador, sus empleados, agentes, consultores o subcontratistas, o cualquier otra información confidencial relacionada con el negocio del Comprador o sus productos que el Proveedor pueda obtener, excepto según lo permitido por la cláusula 9.2.

9.2 El Proveedor puede divulgar la Información Confidencial del Comprador:

9.2.1 a sus empleados, agentes, consultores o subcontratistas según sea necesario para conocerlo con el fin de cumplir con las obligaciones del Proveedor con el Comprador. El Proveedor se asegurará de que sus empleados, agentes, consultores o subcontratistas a quienes divulgue la información confidencial del Comprador cumplan con esta cláusula 9; y

9.2.2 según lo exija la ley, un tribunal de jurisdicción competente o cualquier autoridad gubernamental o reguladora.

9.3 El Proveedor no utilizará la Información Confidencial del Comprador para ningún otro propósito que no sea cumplir con sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro.

9.4 Toda la Información Confidencial suministrada por el Comprador al Proveedor será, en todo momento, y seguirá siendo entre el Comprador y el Proveedor propiedad exclusiva del Comprador, pero será mantenida por el Proveedor bajo custodia segura bajo su propio riesgo y mantenida y mantenida en buenas condiciones por el Proveedor hasta que sea devuelta al Comprador. No se eliminarán ni utilizarán de otra manera que no sea de acuerdo con las instrucciones escritas o la autorización del Comprador.

9.5 Durante la vigencia del Contrato de Suministro, y por un período de un año a partir de la finalización o terminación del mismo, a menos que el Comprador autorice lo contrario en un consentimiento específico por escrito, el Proveedor no lo hará, y el Proveedor hará que cada uno de sus Afiliados y representantes no lo hagan.

(A) directa o indirectamente, iniciar, mantener o contactar para discutir o intentar entrar o entrar en (i) cualquier acuerdo, transacción o acuerdo con cualquier persona introducida por el Comprador o cualquier otra compañía del Grupo Greencells sin la participación activa y continua de una Compañía GC y (ii) celebrar cualquier acuerdo, transacción o arreglo con cualquier otra persona o entidad involucrada en el Proyecto, incluido el propietario del Proyecto, el contratista principal del Proyecto, el contratista general del Proyecto u otros contratistas o subcontratistas en el Proyecto, incluidos sus agentes, directores, subsidiarias y afiliadas;

(B) solicitar a cualquier empleado o contratista independiente del Comprador, sus subsidiarias o afiliadas para el negocio del Proveedor o en nombre de cualquier otra empresa comercial;

(C) revelar a cualquier persona, empresa o corporación los nombres o direcciones de cualquiera de los compradores o clientes del Comprador, sus subsidiarias o afiliadas o cualquier otra información relacionada con ellos; o

(D) llamar, solicitar, llevar o intentar llamar, solicitar o quitar a cualquier contratista, cliente, comprador de otros contactos del Comprador.

9.6 En caso de incumplimiento de cualquier obligación de confidencialidad o no elusión en virtud de esta cláusula, el Proveedor pagará una multa monetaria legal que es igual a tres (3) veces el Precio total del Contrato.

9.7 El Proveedor entiende que el incumplimiento de la confidencialidad y la no elusión en virtud de esta cláusula 9 causará un daño irreparable al Comprador y sus subsidiarias y afiliadas y que los daños monetarios no proporcionarán un remedio adecuado al Comprador o sus subsidiarias o afiliadas. Dicho derecho y recurso será adicional a, y no en lugar de, cualquier otro derecho y recurso disponible para el Comprador y sus Subsidiarias y Afiliadas, por ley o en equidad.

  1. RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACIÓN

10.1 El Proveedor será responsable de todos los daños, pérdidas, costos y gastos que el Comprador; otras empresas del Grupo Greencells (incluidos sus empleados); o terceros contratados por el Comprador en la ejecución del Contrato pueden sufrir o incurrir como resultado de o en relación con los Entregables, el cumplimiento o incumplimiento del Contrato de Suministro, la venta y entrega de los Bienes y / o la provisión y ejecución de los Servicios, excepto cuando estos daños, pérdidas, los costos y gastos son causados por negligencia grave o intención deliberada del Comprador o su administración.

10.2 El Proveedor indemnizará y eximirá de responsabilidad al Comprador, y a otras empresas del Grupo Greencells, de y contra cualquier reclamación de compensación de daños, pérdidas, costos y gastos de terceros que surjan de o en relación con el uso, venta y suministro de los Bienes y / o la provisión y el rendimiento de los Servicios.

10.3 El Proveedor procurará y mantendrá una póliza o pólizas de seguro adecuadas para cubrir las responsabilidades mencionadas en estos Términos y Condiciones o requeridas por la Ley Aplicable y producirá dicha póliza o pólizas y evidencia del pago de las primas de las mismas si así lo solicita el Comprador. En el caso de que el Proveedor no mantenga dicha póliza o pólizas de seguro, el Comprador tendrá derecho a proporcionar la misma en nombre y a expensas del Proveedor.

  1. FUERZA MAYOR

11.1 Si una Parte es impedida por Un Evento de Fuerza Mayor o retrasada en el cumplimiento de una obligación (que no sea una obligación de pagar dinero), entonces las obligaciones de la Parte afectada en virtud del Contrato de Suministro se suspenderán durante, pero por no más tiempo, el período del Evento de Fuerza Mayor siempre que la Parte afectada:

(A) la Parte Afectada ha tomado todas las precauciones razonables, el debido cuidado y las medidas alternativas razonables para evitar el efecto de tal evento en la capacidad de la Parte Afectada para cumplir con sus obligaciones en virtud del Contrato y mitigar las consecuencias del mismo;

(B) tal evento no es razonablemente previsible;

(C) dicho evento no es el resultado de ningún incumplimiento por parte de la Parte Afectada de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato o de cualquier negligencia de la Parte Afectada;

(D) utiliza todos los esfuerzos razonables para mitigar las consecuencias del Evento de Fuerza Mayor;

(E) notifica a la otra Parte tan pronto como sea posible (y en cualquier caso, a más tardar 5 días) de la ocurrencia del evento. Dicha notificación incluirá detalles completos de la naturaleza del retraso, el impacto probable en el Proyecto y la acción emprendida por la Parte Afectada para mitigar o eliminar el Evento de Fuerza Mayor; y

(F) Si una Parte se ve afectada por un Evento de Fuerza Mayor durante al menos 30 días, las Partes consultarán de buena fe sobre el potencial de proceder con el Proyecto. Si las Partes no pueden llegar a un acuerdo mutuo después de 1 mes de discusiones entre las Partes, cualquiera de las Partes podrá notificar a la otra Parte, rescindiendo el Contrato de Suministro. Las consecuencias de dicha terminación serán de acuerdo con la cláusula 13.4

  1. CONFORMIDAD

12.1 El Proveedor garantiza y declara que él y sus empleados, agentes y subcontratistas cumplirán con todas las leyes y regulaciones antisubvenciones aplicables en virtud de la Ley Aplicable (según se modifique).

12.2 Por la presente, el Proveedor acepta cumplir con el “Código de conducta” del Comprador establecido en https://greencells.com/en/codeofconduct, que puede modificarse de vez en cuando. El Comprador tendrá derecho a rescindir el Contrato de Suministro si el Proveedor incumple repetida o intencionalmente el Código de Conducta (según se modifique).

  1. TERMINACIÓN

13.1 RESCISIÓN POR PARTE DEL COMPRADOR POR CONVENIENCIA

El Comprador tendrá derecho a rescindir el Contrato de Suministro con un aviso por escrito de diez (10) días.

13.2 RESCISIÓN POR CUALQUIERA DE LAS PARTES

13.2.1 Sin afectar a ningún otro derecho o recurso disponible, cualquiera de las partes podrá rescindir el Contrato de Suministro con efecto inmediato mediante notificación por escrito a la otra parte si:

(A) la otra parte comete un incumplimiento material del Contrato de Suministro cuyo incumplimiento es irremediable o (si dicho incumplimiento es subsanable) no remedia ese incumplimiento dentro de un período de 10 días después de haber sido notificado por escrito para hacerlo;

(B) la otra parte incumple repetidamente cualquiera de los términos del Contrato de Suministro de tal manera que justifique razonablemente la opinión de que su conducta es inconsistente con que tenga la intención o la capacidad de dar efecto a los términos del Contrato de Suministro;

(C) la otra parte suspende, o amenaza con suspender, el pago de sus deudas o no puede pagar sus deudas a medida que vencen o admite la incapacidad de pagar sus deudas o se enfrenta a una insolvencia inminente o está sobreendeudada en el sentido de la sección 16-19 de la Ley de Insolvencia de 1994;

(D) la otra parte inicia negociaciones con todos o cualquiera de sus acreedores con miras a reprogramar cualquiera de sus deudas, o hace una propuesta o entra en cualquier compromiso o acuerdo con cualquiera de sus acreedores;

(E) se presenta una petición, se da una notificación, se aprueba una resolución o se dicta una orden, para o en relación con la liquidación de esa otra parte;

(F) se presenta una solicitud a los tribunales, o se hace una orden, para el nombramiento de un Administrador de Insolvencia provisional, un Comité Provisional de Acreedores o un administrador, o si se da una notificación de intención de nombrar un administrador o si se nombra un administrador, sobre la otra parte;

(G) el titular de un cargo flotante calificado sobre los activos de esa otra parte ha adquirido derecho a nombrar o ha designado un síndico administrativo;

(H) una persona tiene derecho a nombrar un síndico sobre todos o cualquiera de los activos de la otra parte o un síndico es nombrado sobre todos o cualquiera de los activos de la otra parte;

(I) un acreedor o gravamen de la otra parte embarga o toma posesión de, o un distress, ejecución, secuestro u otro proceso similar se impone o ejecuta o demanda contra, la totalidad o cualquier parte de los activos de la otra parte y dicho embargo o proceso no se libera dentro de [14] días;

(J) cualquier evento ocurra, o se emprenda un procedimiento, con respecto a la otra parte en cualquier jurisdicción a la que esté sujeta que tenga un efecto equivalente o similar a cualquiera de los eventos mencionados en la cláusula 13.2.1 (C) a la cláusula 13.2.1 (I) (inclusive);

(K) la otra parte suspende o cesa, o amenaza con suspender o cesar, llevando a cabo la totalidad o una parte sustancial de sus negocios;

(L) cualquier garantía o representación dada por la otra parte en el Contrato de Suministro se considera falsa o engañosa.

13.2.2 A los efectos de la cláusula 13.2.1(A), incumplimiento material significa un incumplimiento (incluido un incumplimiento anticipado) que es grave en el sentido más amplio de tener un efecto grave en el beneficio que la parte que rescinde de otro modo derivaría:

(A) una parte sustancial del Contrato de Suministro; o

(B) cualquiera de las obligaciones establecidas en la cláusula 12,

Al decidir si cualquier incumplimiento es material, no se tendrá en cuenta si ocurre por algún accidente, percance, error o malentendido.

13.3 RESCISIÓN POR PARTE DEL COMPRADOR POR CAUSA JUSTIFICADA

El Comprador tendrá derecho a rescindir el Contrato de Suministro si:

13.3.1 se alcanza el Límite LD, a menos que el Proveedor notifique la disposición a continuar pagando daños liquidados por demora que excedan el Límite LD y el Comprador acepte dicha solución;

13.3.2 el Proveedor cede el Contrato de Suministro en incumplimiento del mismo;

13.3.3 el Proveedor no celebra y mantiene los seguros requeridos;

13.3.4 más del 20% de los Entregables no son Aceptados por el Comprador de acuerdo con las cláusulas 23 y 34 o se consideran defectuosos de acuerdo con las mismas cláusulas;

13.3.5 con respecto a la prestación de Servicios, el Proveedor no proporciona Servicios o cualquier parte de los mismos de conformidad con el Contrato de Suministro y el Proveedor no remedia el incumplimiento dentro de un plazo razonable especificado en la notificación del Comprador para remediar el incumplimiento; o

13.3.6 otros motivos específicos de rescisión establecidos en estos T&C o en el Contrato de Suministro.

13.4 CONSECUENCIAS DE LA RESCISIÓN

Tras la rescisión del Contrato de Suministro en virtud de la cláusula 13.1 a 13.3 anterior, el Comprador pagará al Proveedor la parte del Precio del Contrato relacionada con los Bienes ya entregados en virtud de la cláusula 5 y, solo con respecto a los Servicios, las obras ya ejecutadas y aún no pagadas. Las Partes no reclamarán nada más entre sí.

  1. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

14.1 Ninguna de las Partes cederá o transferirá la totalidad o parte del Contrato de Suministro o cualquier beneficio o interés en o bajo el Contrato de Suministro sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte (dicho consentimiento no será retenido o retrasado injustificadamente), excepto que el Comprador puede, como garantía a favor de un banco o institución financiera, ceder por cesión legal su derecho a cualquier dinero adeudado, o a ser debido, en virtud del Contrato, y siempre que el Comprador pueda, y el Proveedor por la presente consienta el derecho del Comprador a, ceder libremente por medio de cesión legal sus beneficios e intereses en virtud del Contrato de Suministro o cualquier parte del mismo a (i) cualquier comprador externo con el que el Comprador celebre un acuerdo para vender el Proyecto (ii) cualquiera de las empresas del Grupo Greencells.

14.2 El Proveedor no puede subcontratar ninguna de sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro sin el consentimiento previo por escrito del Comprador. Si el Comprador consiente en la subcontratación de cualquiera de las obligaciones del Proveedor en virtud del Contrato de Suministro, el Proveedor garantizará irrevocable e incondicionalmente al Comprador el cumplimiento adecuado y puntual de dichas obligaciones por parte de su subcontratista. El Proveedor será solidariamente responsable con su subcontratista de cualquier daño, pérdida, costo y gasto sufrido, incurrido o por incurrir o sufrir por el Comprador como resultado de, o en conexión con, un incumplimiento por parte del subcontratista de dichas obligaciones.

  1. REPRESENTACIONES Y GARANTÍAS DE LAS PARTES

15.1 Cada Parte declara y garantiza que, a partir de la fecha y durante la ejecución del Contrato de Suministro:

15.1.1 Está debidamente organizada y existe válidamente como una compañía establecida bajo las leyes de su jurisdicción de organización;

15.1.2 Este Contrato de Suministro es ejecutado por un representante debidamente autorizado de cada Parte;

15.1.3 Este Acuerdo constituye una obligación válida, vinculante y exigible sobre él;

15.1.4 la entrada, entrega y cumplimiento por parte de la Parte de este Acuerdo no incumple:

(A) cualquier obligación material del Accionista;

(B) cualquier ley aplicable; o

(C) los estatutos (o equivalentes) u otros documentos constitutivos de la Parte.

15.1.5 todos los Servicios serán proporcionados y entregados por Personal hábil, capaz y calificado;

15.1.6 tiene, y mantendrá, todos los permisos, licencias, estándares y seguros requeridos para la prestación de los Servicios; y

15.1.7 no es insolvente y cumple plenamente con todas las leyes aplicables a su negocio y las disposiciones de este Contrato de suministro.

  1. DISPOSICIONES DIVERSAS

16.1 Si alguna disposición es inválida o inaplicable, la invalidez o inaplicabilidad de dicha disposición no afectará a las demás disposiciones de estos T&C o del Contrato de Suministro, que permanecerán en pleno vigor y efecto. El Proveedor y el Comprador acuerdan sustituir cualquier disposición inválida o inaplicable por una disposición válida y/o ejecutable que logre en la mayor medida posible los objetivos de la disposición inválida o inaplicable.

16.2 Cualquier comunicación que deba realizarse entre las Partes en relación con el Contrato de Suministro se realizará por escrito en inglés y se entregará por correo certificado o por correo electrónico a la dirección postal o de correo electrónico indicada en el Contrato de Suministro. En caso de que la Notificación se notifique por correo electrónico, bastará con demostrar que el correo electrónico ha sido leído por un empleado pertinente de la Parte pertinente.

  1. LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS

17.1 LEY APLICABLE

Este Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República Federal de Alemania, sin recurrir a los principios de conflicto de leyes y sin tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

17.2 RESOLUCIÓN DE DISPUTAS

17.3 Todas las disputas que surjan de o en relación con el Contratista de Suministro su validez se resolverán finalmente de acuerdo con las Reglas de Arbitraje de la Institución Alemana de Arbitraje (DIS) sin recurrir a los tribunales ordinarios de justicia por un solo árbitro designado de acuerdo con dichas reglas. El lugar del arbitraje es Fráncfort del Meno. El idioma del procedimiento arbitral es el inglés. La ley sustantiva aplicable es la ley de la República Federal de Alemania de conformidad con la ley aplicable. La ejecución del Contrato continuará durante cualquier proceso de resolución de disputas mencionado en esta cláusula.

  1. SIN ASOCIACIÓN O AGENCIA

18.1 Nada de lo dispuesto en este acuerdo tiene por objeto, o se considerará que establece, una asociación o empresa conjunta entre cualquiera de las Partes, constituye a cualquier Parte el agente de otra Parte, o autoriza a cualquier Parte a hacer o celebrar cualquier compromiso para o en nombre de cualquier otra Parte.

18.2 Cada Parte confirma que está actuando en su propio nombre y no en beneficio de ninguna otra persona.

  1. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

19.1 Ninguna de las Partes será responsable ante la otra por la pérdida de uso de cualquier Obra, costo de capital, pérdida de ganancias o ingresos anticipados, pérdida de oportunidades, pérdida de uso, pérdida de contratos y daños indirectos y / o consecuentes o pérdidas que puedan ser sufridos por dicha otra Parte.

19.2 La responsabilidad total máxima del Proveedor por cualquier asunto que surja de o en relación con la ejecución del Contrato, ya sea por incumplimiento de contrato, agravio (incluida la negligencia), responsabilidad estricta o sobre cualquier otra base, se limitará al 100% del Precio del Contrato.

  1. AVISOS

20.1 Un aviso dado a una parte en virtud o en relación con este Contrato de Suministro:

20.1.1 deberá ser por escrito y en inglés o acompañado de una traducción exacta al inglés;

20.1.2 se enviará a la dirección postal, número de fax o dirección de correo electrónico de la Parte mencionada en la orden de compra o comunicada de otra manera por escrito;

20.2 Esta cláusula no se aplica a la notificación de ningún procedimiento u otros documentos en ninguna acción legal o, cuando corresponda, cualquier arbitraje u otro método de resolución de disputas.

  1. CONTRAPARTES

21.1 Este Contrato de Suministro puede ejecutarse en cualquier número de contrapartes, cada una de las cuales cuando se ejecute constituirá un original duplicado, pero todas las contrapartes constituirán juntas el único acuerdo.

21.2 Transmisión de la página de firma ejecutada de una contraparte de la OP por a) fax o (b) el correo electrónico (en PDF, JPEG u otro formato acordado) surtirá efecto como entrega de una contraparte ejecutada del Contrato de Suministro.

21.3 Ninguna contraparte será efectiva hasta que cada parte haya ejecutado [and delivered] al menos una contraparte.

 

PARTE B – TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICOS RELACIONADOS CON LOS SERVICIOS

 

Si y en la medida en que el Contrato de Suministro se relacione con la prestación de Servicios a una Compañía de GC, los términos y condiciones específicos de esta Parte B se aplicarán, y se considerarán como una parte integrada, al Contrato de Suministro junto con las disposiciones generales de la Parte A, a menos que se disponga específicamente lo contrario en esta Parte B.

  1. PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El Proveedor realizará los Servicios de acuerdo con las especificaciones, requisitos y descripciones acordados de los Servicios y en el lugar, fecha, hora y, si corresponde, niveles de servicio acordados.

  1. INFORME DE PROGRESO

23.1 Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, (i) El Proveedor proporcionará al Comprador un informe de los Servicios prestados al final de cada mes calendario, detallando todas las horas trabajadas y los gastos incurridos en el mes calendario anterior para su Personal individual y con respecto a cada Servicio y (ii) El Proveedor mantendrá registros precisos y completos de todos los Servicios prestados y (iii) previa solicitud del Comprador, permitirá al Comprador un acceso razonable a dichos registros, dicho acceso se permitirá durante un período de 7 (siete) años a partir de la expiración del Contrato de Suministro en la medida permitida por la ley.

  1. ACEPTACIÓN Y NO CONFORMIDAD DE LOS SERVICIOS

24.1 Después de que el Proveedor notifique por escrito sobre la finalización de un hito de suministro, el Comprador inspeccionará los trabajos realizados dentro de los siete (7) días y notificará al Proveedor por escrito si rechaza los trabajos (o una parte de los mismos) o acepta los Servicios, dicha aceptación constituirá Aceptación a los efectos del Contrato. Si se rechaza, o a pesar de la Aceptación, se descubre una no conformidad de los Servicios, el Comprador emitirá un aviso para remediar acompañado de una lista de todas las deficiencias y no conformidades dentro de un tiempo razonable. El Proveedor hará sus propios arreglos para remediar las deficiencias dentro del período de tiempo estipulado notificado por el Comprador. Una vez finalizada la corrección de las deficiencias, el procedimiento descrito anteriormente se inicia de nuevo hasta que las Obras sean Aceptadas por el Contratista, en cuyo caso el contratista emitirá la Aceptación.

24.2 En caso de rechazo y/o no conformidad de los Servicios prestados, el Comprador tiene derecho a exigir al Proveedor que vuelva a realizar los Servicios a costa y gasto del Proveedor dentro de un período de tiempo razonable que determinará el Comprador.

24.3 Si el Proveedor no resuelve las deficiencias y no conformidades dentro del plazo especificado, el Comprador puede optar por emitir un segundo aviso o rescindir el Contrato de Suministro según la cláusula 13.3.5.

24.4 El Comprador puede reclamar por cualquier daño, pérdida y costo sufrido como resultado de dicha no conformidad y / o rescisión. No obstante, los daños por retrasos serán fijados por los Daños Liquidados por Demora.

24.5 Cuando

24.5.1 todos los Entregables se entregan al Comprador, todas las Obras se han completado de acuerdo con el Contrato de Suministro y todos los Materiales y basura excedentes se han eliminado del Sitio;

24.5.2 el Comprador ha inspeccionado todas las Obras, incluidos los Bienes y Servicios, y todas las deficiencias y no conformidades restantes son subsanadas por el Proveedor;

24.5.3 el Proveedor ha entregado toda la documentación relacionada con las Obras, Bienes o Servicios, a satisfacción razonable del Comprador;

24.5.4 todos los daños liquidados indiscutibles por demora según lo establecido en la cláusula 5.3 se han pagado al Comprador;

24.5.5 todos los certificados y garantías relevantes o necesarios han sido entregados por el Proveedor al Comprador; y

24.5.6 el Proveedor ha presentado la Garantía de Garantía de acuerdo con la cláusula 7.

el Comprador emitirá el Certificado de Aceptación Provisional con respecto a los Entregables.

  1. GARANTÍAS

25.1 El Proveedor está obligado a satisfacerse de los fines para los que el Comprador tiene la intención de utilizar los Servicios, a falta de lo cual se asumirá que el Proveedor estará plenamente informado de dichos fines y de las circunstancias en las que se llevará a cabo la prestación de los Servicios.

25.2 El Proveedor garantiza que:

25.2.1 todos los Servicios están en conformidad con las especificaciones y requisitos establecidos en la Orden de Compra, y el alcance del trabajo en el Contrato de Suministro;

25.2.2 todos los Servicios están en conformidad con los dibujos, diseños, especificaciones y requisitos técnicos aplicables del Proyecto;

25.2.3 todos los Servicios serán proporcionados y entregados por Personal hábil, capaz y calificado;

25.2.4 realizará los Servicios de acuerdo con los más altos estándares de profesionalismo, capacidad y diligencia que puedan esperarse razonablemente de un proveedor con una posición equivalente a la del Proveedor; y

25.2.5 deberá, en relación con sus obligaciones en virtud del Contrato, cumplir con (i) todas las Leyes Aplicables, incluidas, entre otras, todas las leyes de protección de datos aplicables, (ii) leyes laborales, y iii) normas y políticas del Grupo Greencells;

  1. PERÍODO DE RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS

26.1 Durante el Período de Responsabilidad por Defectos, el Proveedor será responsable de:

26.1.1 reparar gratuitamente cualquier defecto o daño a cualquier parte de las Obras (a menos que el daño relevante fuera atribuible al Comprador) que pueda aparecer u ocurrir; y

26.1.2 reemplazar o reparar cualquier parte o unidad de las Obras que muestre evidencia de defecto o que no funcione de acuerdo con los requisitos relevantes especificados en el Contrato de Suministro o que se haya dañado (a menos que el daño relevante fuera atribuible al Comprador), de forma gratuita de conformidad con los términos y condiciones del Contrato de Suministro. El reemplazo o la reparación, los salarios por hora, el transporte de materiales y personal y cualquier otro gasto están incluidos y serán bajo el único riesgo y gasto del Proveedor.

26.2 Al descubrir un defecto dentro del Período de Responsabilidad por Defectos, el Comprador notificará al Empleador por escrito y propondrá una solución. Cada reemplazo o corrección también será notificada por el Proveedor al Comprador y se realizará con diligencia.

26.3 Si los Bienes proporcionados en la realización de los Servicios se defectuosan con frecuencia, existe la posibilidad de que partes similares también se vean afectadas por dicho defecto. El Contratista investigará la causa raíz y remediará la causa del defecto tomando todas las medidas apropiadas para una solución estructural del problema, por ejemplo, cambiando el diseño, la fabricación o utilizando diferentes Productos a su propio costo, cada vez con la aprobación previa del Empleador.

26.4 A menos que se acuerde lo contrario, el Período de Responsabilidad por Defectos con respecto a la mano de obra comenzará a partir de la fecha de emisión del Certificado de Aceptación Provisional y continuará durante un período de 60 meses.

26.5 Con respecto a todos los Bienes suministrados con el fin de llevar a cabo los Servicios, el Contratista se asegurará de que cualquier garantía del proveedor sea asignable al Comprador y asigne al Comprador (quien por la presente acepta) todos sus derechos bajo todas las garantías de los proveedores de cualquier Producto y de los subcontratistas. Sin embargo, el Proveedor puede actuar en nombre del Comprador a través de un representante para actuar sobre las garantías durante el Período de Responsabilidad por Defectos.

26.6 El Comprador tendrá derecho, a su propia discreción, a ceder o transferir cualquier derecho en virtud de la Responsabilidad por defectos. Por la presente se aclara que cualquier garantía otorgada por el Proveedor en relación con los Servicios seguirá siendo válida, vinculante y en pleno vigor y efecto, independientemente de dicha asignación o transferencia. En particular, el Comprador puede asignar o transferir los derechos bajo la Responsabilidad por Defectos al propietario del Proyecto o al Empleador.

  1. ACEPTACIÓN FINAL

27.1 Si

(a) el Certificado de Aceptación Provisional fue firmado por ambas Partes;

(b) el Proveedor ha cumplido con sus obligaciones de acuerdo con las Cláusulas 24 y 25 durante el Período de Responsabilidad por Defectos correspondiente;

(c) todos los daños o indemnizaciones liquidados indiscutibles en virtud del Contrato de Suministro han sido pagados por el Contratista hasta el momento;

(d) los Servicios cumplen con todos los requisitos del Contrato de Suministro; y

luego las Partes firmarán el Certificado de Aceptación Final (FAC).

27.2 Dentro de los 5 días posteriores a la emisión del FAC, el Comprador tomará las medidas apropiadas para que se liberen las Garantías de Garantía.

27.3 La emisión del FAC no liberará al Contratista de ninguna y todas las obligaciones que surjan del Contrato de Suministro o de la Ley Aplicable, que expresamente o por su naturaleza se extiendan más allá y sobrevivan a la Aceptación Final.

  1. FACTURAS

28.1 Las facturas se enviarán después de la Aceptación y serán aceptadas por el Comprador solo cuando vayan acompañadas de documentos justificativos con respecto a los Servicios prestados.

28.2 Cuando el pago se base en las horas trabajadas por el Proveedor, las facturas del Proveedor estarán respaldadas por un parte de horas. Los partes de horas serán preparados por el Proveedor y serán aprobados y firmados por el representante debidamente autorizado del Comprador. Las hojas de horas proporcionarán detalles precisos de las horas / días trabajados, cualquier ausencia autorizada o no autorizada para cada período de facturación y se escanearán y enviarán por correo electrónico al representante debidamente autorizado del Comprador tan pronto como sea posible después del final del período de facturación y antes de enviar una factura.

  1. PERSONAL

29.1 El Proveedor hará arreglos para el empleo del Personal del Proveedor y para su pago, alojamiento, alimentación y transporte, y será responsable del pago de sus salarios.

29.2 El Proveedor cumplirá con las Leyes laborales, fiscales, de seguridad social y de salud y seguridad aplicables en relación con el empleo y el pago de las primas de seguridad social del Personal del Proveedor, incluidas las relacionadas con su empleo, salud, seguridad, inmigración y permisos de trabajo.

29.3 El Proveedor es el único responsable de cualquier pago con respecto al Personal del Proveedor. El Comprador no será en ningún caso responsable de dichos pagos. No obstante lo anterior, si el Comprador se ve obligado, de alguna manera, a realizar un pago debido al incumplimiento por parte del Proveedor de sus respectivas obligaciones, cualquier pago realizado por el Comprador junto con un monto de penalización igual al pago realizado se deducirá del hito de pago respectivo.

29.4 El Proveedor indemnizará y eximirá de responsabilidad al Comprador de y contra cualquier reclamación de terceros, como las autoridades fiscales, que surja de o en relación con el Contrato de Suministro, relacionada con el Proveedor que no actúe de conformidad con esta cláusula 28.

29.5 El Proveedor pondrá a disposición un número suficiente de personal de gestión adecuadamente calificado y experimentado y otro personal que sea necesario para la ejecución de los Servicios de acuerdo con el Contrato de Suministro. El Proveedor también procurará que todo el personal reciba capacitación y supervisión según sea necesario para garantizar el debido cumplimiento del Contrato de Suministro y el cumplimiento de todas las normas, procedimientos y requisitos de salud y seguridad.

  1. PROTECCIÓN DE DATOS

30.1 En la medida en que el Comprador solicite al Proveedor que procese cualquier dato personal controlado por el Comprador en virtud del Contrato, el Proveedor aceptará lo siguiente:

30.1.1 El Proveedor procesará los datos personales solo en nombre del Comprador y solo con el fin de ejecutar el Contrato de Suministro y solo de acuerdo con las instrucciones contenidas en el Contrato de Suministro o recibidas del Comprador de vez en cuando; El Proveedor informará al Comprador con prontitud si considera que alguna instrucción está en conflicto con las Leyes Aplicables o de otra manera ilegal o en conflicto con los términos del Contrato de Suministro; El Proveedor se asegurará de que el acceso y el uso de los sistemas / herramientas que procesan datos personales estén destinados únicamente para el acceso y el uso en el Espacio Económico Europeo y Suiza y ninguna transferencia de personal, incluida cualquier transferencia a través de medios electrónicos, se llevará a cabo fuera del Espacio Económico Europeo y Suiza sin la aprobación previa por escrito del Comprador.

30.1.2 El Proveedor no modificará, enmendará, alterará el contenido de los datos personales ni los utilizará para su propio propósito ni divulgará ni comunicará ni permitirá la divulgación u otra comunicación de ninguno de los datos personales a ningún tercero, excepto según lo indique específicamente el Comprador y según sea necesario para el cumplimiento del Contrato de Suministro; para evitar dudas, la divulgación de datos personales por parte del Proveedor cuando lo exija la ley requerirá la aprobación previa por escrito del Comprador, que no se retendrá injustificadamente.

30.1.3 El Proveedor no contratará a ningún subcontratista para el procesamiento de datos personales controlados por el Comprador en virtud del Contrato de Suministro sin la aprobación previa por escrito del Comprador. Sujeto al consentimiento previo por escrito antes mencionado, el Proveedor tendrá la obligación de concluir un acuerdo por escrito con dicho subcontratista que incluirá los mismos términos y condiciones de protección de datos que el Proveedor y garantías de que todos los controles establecidos en la subcláusula 29.1.6 a continuación se pueden realizar también hacia dicho subcontratista. El Proveedor será totalmente responsable ante el Comprador por cualquier subprocesador contratado por él.

30.1.4 El Proveedor tomará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger los datos personales contra el procesamiento no autorizado o ilegal y contra la destrucción ilegal o accidental, la pérdida accidental, la falsificación, la difusión no autorizada, el daño, la alteración, el acceso no autorizado o la divulgación. El Proveedor acepta almacenar y procesar datos personales de otros controladores de datos estrictamente separados de los datos personales procesados en virtud del Contrato de Suministro. El Proveedor mantendrá registros adecuados de cualquier medida tomada dentro de su organización y supervisará el cumplimiento de forma regular.

30.1.5 El Proveedor tomará medidas razonables para garantizar la fiabilidad de cualquiera de los miembros del Personal del Proveedor que tengan acceso a los datos personales. El Proveedor se asegurará de que solo aquellos del Personal del Proveedor que necesiten tener acceso a los datos personales tengan acceso a dichos datos y solo con el fin de la ejecución del Contrato de Suministro y que se les informe de la naturaleza confidencial de los datos personales. El Proveedor debe exigir a su Personal que reconozca los términos de esta cláusula y garantice el cumplimiento por parte de su Personal de estos términos.

30.1.6 El Proveedor permitirá al Comprador o a sus asesores externos (sujeto a que dichos asesores estén sujetos a obligaciones de confidencialidad satisfactorias) inspeccionar o auditar las actividades de procesamiento de datos del Proveedor y cumplir con las solicitudes o instrucciones razonables del Comprador para permitir que el Comprador verifique que el Proveedor cumple con sus obligaciones en virtud del Contrato de Suministro. Durante el curso de la auditoría, el Proveedor pondrá a disposición de uno o más de sus gerentes o altos funcionarios con el nivel adecuado de experiencia y autoridad para (i) responder a cualquier consulta razonable del Comprador o de sus asesores externos, y (ii) permitir el acceso a todas las instalaciones y sistemas relevantes utilizados por el Proveedor para procesar datos personales en virtud del Contrato de Suministro.

30.1.7 Inmediatamente después de la terminación del Contrato de Suministro o a solicitud del Comprador en cualquier momento, el Proveedor deberá y procurará que sus subprocesadores, a elección del Comprador, devuelvan de inmediato al Comprador, o destruyan, o eliminen de sus sistemas, toda la información personal, materiales, documentación (incluidas todas las copias en todas las formas y medios) en su poder, posesión o control a menos que la legislación o un requisito legal impuesto al Proveedor (o al subprocesador) le impida devolver, destruir o eliminar la totalidad o parte de los datos personales procesados. A petición del Comprador, el Proveedor deberá proporcionar pruebas suficientes al Comprador de la devolución, la destrucción o la eliminación de la información personal. En circunstancias en las que el Proveedor no pueda devolver, destruir o eliminar los datos personales debido a la legislación o a un requisito legal que se le imponga, el Proveedor garantiza la confidencialidad de los datos personales transferidos y no llevará a cabo ningún procesamiento adicional de los datos personales.

30.1.8 El Proveedor indemnizará al Comprador contra todas las reclamaciones de terceros que puedan presentarse o amenazarse contra el Comprador debido a la violación de las Leyes de Protección de Datos aplicables que sean imputables al Proveedor.

30.1.9 A los efectos de esta cláusula, “datos personales”, “procesamiento/procesamiento”, “controlador” y “procesador” tendrán el mismo significado que en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679) (GDPR) y cualquier ley nacional de implementación, regulación y legislación secundaria, según se modifique o actualice de vez en cuando.

 

PARTE C – TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECÍFICOS RELATIVOS A LAS MERCANCÍAS

 

Si y en la medida en que el Contrato de Suministro se refiera a la compra de Bienes por parte del Comprador, los términos y condiciones específicos de esta Parte C se aplicarán al Contrato de Suministro junto con las disposiciones generales de la Parte A o junto con la Parte A y B, a menos que se disponga específicamente lo contrario en esta Parte C.

  1. DEFINICIONES
  2. ENTREGA Y PLAZO DE ENTREGA

32.1 La entrega de los Bienes se realizará sobre la base de (el lugar de destino será nombrado por el Comprador cada vez) DDP (Incoterms 2010), a menos que se acuerde lo contrario por escrito.

32.2 La entrega de los Bienes se realizará en las cantidades especificadas en el Contrato de Suministro. El Comprador no será responsable de pagar por los Bienes que se le entreguen que excedan de las cantidades especificadas en el Contrato de Suministro. Los envíos que excedan la cantidad de cualquier Mercancía solicitada serán, si así lo solicita el Comprador, devueltas al Proveedor por cuenta y riesgo, costo y gasto del Proveedor.

32.3 En el caso de que los Bienes se entreguen antes de la fecha de entrega especificada en el Contrato de Suministro sin el consentimiento expreso por escrito del Comprador, el Comprador tendrá derecho a negarse a aceptar la entrega o a cobrar por el seguro y el almacenamiento de los mismos hasta la fecha contractual de entrega. La entrega anticipada de los Bienes no conduce a un cambio en la fecha de pago acordada para los Bienes.

32.4 El Comprador puede cambiar las fechas de entrega o la suspensión temporal directa de los envíos programados mediante notificación por escrito al Proveedor. El Comprador se reserva el derecho de posponer las entregas de las Órdenes de Compra después de notificarlo al Proveedor durante un máximo de 2 (dos) meses después de la fecha de entrega indicada en el Contrato original. El Comprador no incurrirá en ninguna penalización por efectuar dicho aplazamiento en el período que finaliza 1 (un) mes después de la fecha de entrega correspondiente, pero el Comprador reembolsará al Proveedor los costos de almacenamiento sufridos por él como resultado de tener que organizar el almacenamiento de cualquier Mercancía durante el período que va desde la fecha que cae 1 (un) mes después de la fecha de entrega pospuesta hasta la fecha que cae 2 (dos) meses después de dicha entrega. fecha. El Proveedor hará todos los esfuerzos razonables para minimizar los costos de almacenamiento pagaderos por el Comprador de conformidad con esta cláusula 31.4 para incluir, sin limitación, el uso de sus propias instalaciones de almacenamiento si están disponibles. El Proveedor protegerá los Bienes almacenados y tomará todas las medidas razonables para evitar su deterioro hasta su entrega real, en cada caso sin que se cobre ningún costo adicional al Comprador.

32.5 En el caso de que el Comprador desee cancelar cualquier Mercancía después de que se haya aceptado la Orden de Compra relacionada con la misma, la responsabilidad máxima del Comprador con respecto a dicha cancelación será la menor de (i) un máximo del 50% (cincuenta por ciento) del valor de la Orden de Compra cancelada o (ii) cualquier costo de reconfiguración incurrido por el Proveedor para revender los Bienes después de dicha cancelación (evidencia de dichos costos que se presentará a pedido). El Comprador no será en ningún caso responsable ante el Proveedor por cualquier pérdida de ganancias, pérdida de uso o pérdida de ingresos comerciales, ya sea que surja en relación con o como resultado de dicha cancelación o de otra manera.

32.6 En el caso de que los Bienes se retrasen en la medida en que se alcance el límite máximo de LD, el Comprador puede, sin perjuicio de cualquier otro derecho que pueda tener en virtud del Contrato de Suministro o la Ley Aplicable, obtener la entrega a través de terceros alternativos y el Proveedor será responsable del pago de todos los costos adicionales en comparación con la oferta del Proveedor en virtud de la orden de compra.

32.7 El Proveedor proporcionará al Comprador todos los documentos requeridos por las Leyes, normas, directivas y reglamentos aplicables de la UE y de cualquier país relevante y cualquier documento requerido por el Comprador para el propósito del Proyecto siguiendo las instrucciones del Comprador y, a más tardar, en el momento de la entrega de los Bienes. Si el Proveedor no proporciona al Comprador los documentos requeridos en el momento de la entrega de los Bienes, el Comprador tiene el derecho de rechazar la entrega de dichos Bienes a riesgo, costo y gasto del Proveedor. En tal caso, a los efectos de estas Condiciones Generales, los Bienes se considerarán no entregados.

  1. EMBALAJE

33.1 El Proveedor entregará o procurará la entrega de los Bienes debidamente embalados de acuerdo con los mejores estándares de la industria, y los marcará de acuerdo con las instrucciones del Comprador sin costo adicional para el Comprador. Cada paquete deberá estar claramente marcado con el número de pieza, el número de orden de compra del comprador y cualquier otro requisito de etiquetado detallado en la orden de compra. Con cada envío, el Proveedor proporcionará una lista de embalaje con detalles de los bienes suministrados. Si el Proveedor no empaqueta y/o marca los Bienes correctamente, el Proveedor indemnizará y eximirá de responsabilidad al Comprador de y contra todas y cada una de las reclamaciones de compensación de daños, pérdidas, costos y gastos sufridos o incurridos por el Comprador o terceros en relación con o como resultado del embalaje y / o marcado de los Bienes por parte del Proveedor.

33.2 Cuando los contenedores o embalajes vayan a ser devueltos al Proveedor, esto debe indicarse claramente en los documentos de transporte o facturas. Los bienes devueltos se harán por cuenta y riesgo del Proveedor, a menos que se acuerde lo contrario por escrito.

  1. GARANTÍAS

34.1 El Proveedor está obligado a satisfacerse de los fines para los que el Comprador tiene la intención de utilizar los Bienes, a falta de lo cual se asumirá que el Proveedor estará plenamente informado de dichos fines y de las circunstancias en las que se llevará a cabo la entrega de los Bienes.

34.2 El Proveedor declara y garantiza que a la fecha de entrega:

34.2.1 todos los Bienes están en conformidad con las especificaciones y requisitos establecidos en el Contrato de Suministro o como se describe en el Proyecto si el Contrato no establece ninguna especificación;

34.2.2 todos los Bienes son aptos para los fines para los que el Comprador tiene la intención de utilizarlos, incluido el Proyecto;

34.2.3 todos los Bienes cumplen con todas las Leyes Aplicables;

34.2.4 en el momento de la entrega, los Bienes están libres y libres de todas las reclamaciones, gravámenes y gravámenes.

 

34.3 PERÍODO DE RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS

34.3.1 A menos que se acuerde lo contrario, el Período de Responsabilidad por Defectos con respecto a los Bienes comenzará a partir de la fecha de Entrega y continuará durante un período de 60 meses, es decir, el Proveedor declara y garantiza que todos los Bienes estarán libres de defectos de diseño, material y mano de obra y permanecerán así durante 60 meses después de la Entrega;

34.3.2 El Proveedor deberá, a sus propios costos y gastos, rectificar y reparar inmediatamente cualquier Defecto identificado durante el Período de Responsabilidad por Defectos reparando o reemplazando la totalidad o parte o una parte de los Bienes Defectuosos.

34.3.3 Para evitar dudas, el Proveedor será responsable de cualquier costo relacionado con el reemplazo de cualquier Mercancía Defectuosa. Además, el Proveedor asumirá todos los costos logísticos, incluidos, entre otros, los costos de transporte para la entrega y devolución y todos los impuestos relacionados.

34.3.4 Las Partes aclaran por la presente que cualquier Mercancía de reemplazo suministrada durante el Período de Responsabilidad por Defectos tendrá las mismas características técnicas y especificaciones que las Mercancías originales suministradas en virtud de este Contrato de Suministro.

34.3.5 El Comprador tendrá derecho, a su propia discreción, a ceder o transferir cualquier derecho en virtud de la Responsabilidad por Defectos de bienes. Por la presente se aclara que cualquier garantía otorgada por el Proveedor en relación con cualquier Mercancía en virtud de este Contrato seguirá siendo válida, vinculante y en pleno vigor y efecto, independientemente de dicha cesión o transferencia. En particular, el Comprador puede asignar o transferir los derechos bajo la Responsabilidad por Defectos al propietario del Proyecto o al Empleador.

  1. ACEPTACIÓN Y MERCANCÍAS DEFECTUOSAS

35.1 El Cliente podrá rechazar cualquier Producto que se le entregue que no cumpla con las cláusulas 32, 33.1 y 33.2, siempre que:

35.1.1 Se notifica al Proveedor:

(A) en el caso de un defecto que sea evidente en la inspección visual normal, dentro de los [five] días hábiles posteriores a la entrega;

(B) en el caso de un defecto latente, dentro de un plazo razonable a partir de que el defecto latente se haya hecho evidente; y

35.1.2 no se aplica ninguno de los eventos enumerados en la cláusula 34.3.

35.2 Si el Comprador no notifica el rechazo de acuerdo con la cláusula 34.1, se considerará que ha aceptado dichos Bienes.

35.3 El Proveedor no será responsable del incumplimiento por parte de los Bienes de las garantías establecidas en las cláusulas 33.1 y 33.2 en cualquiera de los siguientes eventos:

35.3.1 el defecto surge porque el Comprador no siguió las instrucciones orales o escritas del Proveedor en cuanto al almacenamiento, puesta en marcha, instalación, uso y mantenimiento de los Bienes o (si no hay ninguna) buenas prácticas comerciales con respecto a los mismos;

35.3.2 el Comprador altera o repara dichos Bienes sin el consentimiento por escrito del Proveedor;

35.3.3 el defecto surge como resultado de daños intencionales, negligencia o condiciones anormales de almacenamiento o trabajo del Comprador; o

35.3.4 los Bienes difieren de la especificación como resultado de los cambios realizados para garantizar que cumplan con los requisitos legales o reglamentarios aplicables, siempre que el Proveedor ya haya informado por escrito al Comprador de dicha diferencia y el motivo de su requisito.

35.4 Si el Comprador rechaza los Bienes en virtud de la cláusula 34.1, el Comprador tendrá derecho a:

35.4.1 exigir al Proveedor que repare o reemplace los Bienes rechazados; o

35.4.2 exigir al Proveedor que reembolse el precio de los Bienes rechazados en su totalidad.

35.5 Los términos de este acuerdo se aplicarán a cualquier Producto reparado o de reemplazo suministrado por el Proveedor.

  1. ACEPTACIÓN FINAL

36.1 Si

(e) los Bienes son aceptados por el Comprador de acuerdo con la cláusula 34;

(f) el Proveedor ha cumplido con sus obligaciones de acuerdo con la Cláusula 33 durante el Período de Responsabilidad por Defectos relevante;

(g) todos los daños o indemnizaciones liquidados indiscutibles en virtud del Contrato de Suministro han sido pagados por el Contratista hasta el momento;

(h) los Bienes cumplen con todos los requisitos del Contrato de Suministro; y

luego las Partes firmarán el Certificado de Aceptación Final (FAC).

36.2 Dentro de los 5 días posteriores a la emisión del FAC, el Comprador tomará las medidas apropiadas para que se liberen las Garantías de Garantía.

36.3 La emisión del FAC no liberará al Contratista de todas y cada una de las obligaciones derivadas del Contrato de Suministro o de la Ley Aplicable, que expresamente o por su naturaleza se extiendan más allá y sobrevivan a la Aceptación Final.

  1. PROPIEDAD

37.1 El riesgo en los Bienes pasará al Comprador en el momento de la Entrega.

37.2 La titularidad de los Bienes, o partes de los mismos, pasará al Cliente en la primera de:

37.2.1 el Proveedor recibe el pago completo (en efectivo o fondos compensados) por los Bienes o partes respectivas de los mismos, debido al Proveedor del Comprador por las ventas de esos Bienes;

37.2.2 Entrega de los Bienes o partes respectivas de los mismos según el Contrato de Suministro.

  1. DOCUMENTACIÓN

38.1 Si el Comprador lo solicita, el Proveedor deberá o procurará que el Comprador reciba, antes de la entrega, la Documentación, incluidos, entre otros, dibujos suficientes, instrucciones y una descripción funcional para permitir que el Comprador instale, opere y mantenga los Bienes, incluidos los detalles de cualquier control ambiental especial requerido para garantizar que los Bienes cumplan con las especificaciones acordadas.

38.2 El Proveedor proporcionará, a petición del Comprador, de forma gratuita para cada tipo de Bienes suministrados (en inglés), un número acordado de manuales técnicos y/o de instalación aprobados por el Proveedor.

38.3 El Proveedor garantiza que proporcionar la Documentación al Comprador no infringirá ningún Derecho de Propiedad Intelectual de ningún tercero.

  1. RECAMBIOS

39.1 El Proveedor acepta suministrar las piezas de repuesto requeridas por el Comprador para los Bienes por un período mínimo de 5 (cinco) años a partir de la expiración del Período de Responsabilidad por Defectos para cada uno de los Bienes. El Proveedor también acepta que dará (i) al menos 12 (doce) meses de aviso de la expiración de dicho período o de su cese en la fabricación de cualquier pieza de repuesto al Comprador para permitir una compra final de piezas y ii) otros 6 (seis) meses a partir de la expiración de la notificación a que se refiere el apartado (i) arriba en el que el Comprador puede realizar dicha compra.

39.2 El Proveedor proporcionará una lista completa y recomendada de piezas de repuesto y, cuando corresponda, detalles de las fuentes de dichas piezas de repuesto, con precios antes de la entrega de los Bienes.

39.3 El Proveedor se asegurará de que las piezas de repuesto estén configuradas de acuerdo con los Bienes (incluidas las especificaciones actuales y anteriores).

Estado: 2019-01-24